A través de la ley N°8413, publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia, el gobierno de Salta decidió poner fin a las prácticas discriminativas que llevan adelante colegios privados de la provincia ante estudiantes que adeudan cuotas durante el año escolar.
En primer lugar, la nueva ley establece: “No puede alegarse como causal de negativa, obstrucción, restricción o menoscabo del derecho a la asistencia regular a clases y actividades institucionales y pedagógicas durante el período lectivo en curso, la falta de pago de cuotas o aranceles.”
En su segundo artículo señala: "Prohíbase a los Institutos Educativos Públicos de Gestión Privada, retener o no entregar boletines de calificaciones, certificados de estudios, pases a otros establecimientos, certificados de regularidad y toda otra documentación oficial de alumnos/as que registren morosidad en el pago de cuotas o aranceles.”
En este mismo marco agrega: "Prohíbase en los Institutos Educativos Públicos de Gestión Privada, actos u omisiones de hostigamiento, exclusión y discriminación motivados en la morosidad en el pago, de cuotas o aranceles. A los efectos del presente artículo, se considera acto discriminatorio publicar por cualquier medio la deuda en concepto de cuotas o aranceles del alumnado, debiendo gestionar el cobro de los mismos exclusivamente con padres, madres, tutores o representantes legales.”