Sección: Concejo Deliberante

Cambios

Prohíben a funcionarios de Salta realizar publicidades de obra pública con sus caras

El proyecto de ordenanza rige para Capital

Prohíben a funcionarios de Salta realizar publicidades de obra pública con sus caras

En Sesión Ordinaria los legisladores analizaron y sancionaron un Proyecto de Ordenanza impulsado por su par, Agustina Álvarez Eichele (JC+). El texto modifica el artículo 8 de la Ordenanza Nº 14.479 -Ética en el Ejercicio de la Función Pública-. 

La redacción incorpora las temáticas que deberán abordar las publicidades de los actos de gobierno, estableciendo que las mismas no podrán contar con nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos. También se prevé que no se podrá identificar la gestión en bienes, uniformes de empleados municipales, en toda papelería o en cualquier otro tipo de material publicitario.

Durante el análisis de la iniciativa, la concejala Álvarez Eichele se refirió a la finalidad de la publicidad de los actos de gobierno, indicando que “es informar a los ciudadanos qué se hace en su ciudad y qué se hace con sus recursos”. Y agregó al respecto: “Lamentablemente vimos, en esta gestión y en anteriores, que esa publicidad se terminó distorsionando y se volvió campaña política con recursos de los ciudadanos”.

Con los cambios realizados, la redacción del artículo 8 establece: “La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberán tener carácter educativo y formativo, o de orientación social, no pudiendo contar con nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos, o qué identifiquen su gestión en bienes inmuebles muebles o vehículos de propiedad del municipio o al servicio del mismo, en uniforme de empleados municipales, personal de empresas que brindan servicio del municipio o personal contratado en señalización vial, en toda papelería o en cualquier otro tipo de material publicitario.

Dejar establecida la obligatoriedad de identificación mediante el escudo de la Municipalidad aprobado mediante la Ordenanza N° 239/34 del Concejo Deliberante de la ciudad y modificado por la Ordenanza municipal N° 470/38 y la leyenda “Municipalidad de Salta”, a la que deberá adicionarse la indicación de la repartición para la cual presta servicios en ambas puertas laterales delanteras y en la parte trasera de la totalidad de los vehículos de propiedad de la Municipalidad de Salta o que se encuentren afectados al uso institucional de la misma por los organismos dependientes del Departamento Ejecutivo Municipal, Concejo Deliberante, Tribunal de Cuentas, Tribunal Administrativo de Faltas, entidades autárquicas y cualquier otra entidad donde la Municipalidad de Salta tenga participación. La Autoridad de Aplicación determinará las características y dimensiones de las identificaciones”.

En la ocasión también tomó la palabra el edil José Gauffín (JC+), quien resaltó: “Vamos a verificar permanentemente que esta norma se cumpla y llevaremos adelante las acciones que sean necesarias”.