Están incluidos los siguientes tributos: Impuesto Inmobiliario, Tasa General de Inmuebles (TGI), Impuesto a la Radicación de Automotores, Tasa de Protección Ambiental y la Tasa para la prevención y protección para personas y bienes.
Bonificación de dos meses
Se bonifican noviembre y diciembre; es decir que el contribuyente abona solo 10 períodos de facturación. Se puede abonar al contado o de forma on line https://municipalidadsalta.gob.ar/ Para esta última opción está disponible Macro Clic en 6 cuotas sin interés.
Otras opciones de pago son con tarjetas Visa en 1 solo pago y Banco Hipotecario en 6 cuotas sin interés. Los pagos al contado se realizan en el CCM, ARMSa, Pago Fácil, RapiPago, Delegación San Luis y CIC de Unión.
Para quienes abonen el Pago Anual a través de la boleta de EDESA, el beneficio de dos meses bonificados se implementa de la siguiente forma: el contribuyente abonará 8 meses (marzo a octubre) debiendo abonar enero y febrero. En total sólo pagará 10 periodos como estipula el beneficio.
Exenciones del 100% en pago Tributos Municipales
Se recuerda que jubilados, pensionados, desocupados, veteranos de Malvinas, familiares directos de salteños caídos en Malvinas, personas con discapacidad y con enfermedades terminales propietarios de una parcela o unidad habitacional están exentos del pago del Impuesto Inmobiliario y la TGI.
En cuanto al Impuesto a la Radicación de Automotores los exentos de pagar este tributo en un 100% son personas lisiadas propietarias de vehículos adaptados, veteranos de la Guerra de Malvinas, familiares directos de salteños caídos en Malvinas, y personas con discapacidad, en todos los casos propietarios de un automotor.