Sección: Salta

Justicia

Se impusieron las penas de los tres condenados por la sustracción de una camioneta del canchón

Martín Miguel Poma Ovejero fue condenado a seis años y un mes de prisión efectiva; Julio Alberto Conte, a dos años y seis meses de prisión condicional y César Eduardo Acosta, a nueve meses de prisión efectiva.

Se impusieron las penas de los tres condenados por la sustracción de una camioneta del canchón

La fiscal penal interina de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de cesura en la que el juez del distrito Centro, Guillermo Pereyra impuso a Martín Miguel Poma Ovejero la pena de seis años y un mes de prisión de ejecución efectiva, por resultar penalmente responsable como partícipe necesario de peculado; autor de dos hechos de falsificación de instrumento público; autor de daño doblemente agravado; autor de resistencia a la autoridad; autor de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y autor de un hecho de desobediencia judicial.

Además, el juez ordenó, como medida cautelar, su arresto domiciliario por el plazo de seis meses, dispuso su inmediata detención y posterior traslado al domicilio fijado para el cumplimiento de la medida. También estableció su incorporación al sistema de control electrónico.

A Julio Alberto Conte le impuso dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua, como autor de peculado. Deberá cumplir durante el mismo plazo las reglas de conducta establecidas por el Tribunal.

En tanto, a César Eduardo Acosta le impuso nueve meses de prisión de ejecución efectiva por resistencia a la autoridad. El juez ordenó remitir copia de la sentencia al Juzgado Federal 2 de Salta a los fines de la unificación de la pena impuesta con la condena dictada en esa jurisdicción.

Los pedidos de las partes

Durante la audiencia de cesura, la fiscal Salinas Odorisio había solicitado para Poma Ovejero una pena de siete años de prisión de cumplimiento efectivo. Al fundamentar el pedido, había valorado la multiplicidad de bienes jurídicos afectados por los hechos, sus antecedentes condenatorios y su formación como abogado, al considerar que su conocimiento jurídico implicaba un agravante.

Además, la Fiscalía había solicitado la inhabilitación absoluta perpetua para el ejercicio de funciones públicas, prevista para el delito de peculado, y una inhabilitación especial por siete años para ejercer la abogacía, al sostener que parte de los delitos fueron cometidos valiéndose de su profesión. También había solicitado que se ordenara su prisión preventiva y detención inmediata.

Dado que las inhabilitaciones solicitadas no fueron incluidas en la lectura del fallo, la Fiscalía solicitará que el juez se expida al respecto.

Asimismo, requirió que el dinero secuestrado en la vivienda de Poma Ovejero fuera entregado a la denunciante de la causa por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, para ser destinado a la asistencia del hijo menor de edad.

La defensa de Poma Ovejero, por su parte, había solicitado una pena de tres años de prisión efectiva y la devolución de los bienes secuestrados. Se había opuesto a la entrega del dinero a la denunciante y había pedido que, hasta que la condena quedara firme, el acusado permaneciera detenido bajo la modalidad de arresto domiciliario.

El juez difirió los pedidos de decomiso y entrega de los bienes secuestrados hasta que el estado de la causa permita resolver sobre su disposición.

Respecto de Conte, la Fiscalía había solicitado tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua, mientras que su defensa había pedido una pena de dos años de prisión. Para Acosta, la Fiscalía había requerido diez meses de prisión, mientras que su defensa solicitó seis meses.