A través de la publicación realizada este martes en el Boletín Oficial, y cumpliendo con el marco de la ley N°8505, Salta oficializó la creación del Registro Provincial de Cannabis Medicinal.
Según se establece en lo dispuesto, la iniciativa se implementará bajo la órbita del Ministerio de Salud Pública, en coordinación con el Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable.
El registro será obligatorio y abarcará a:
Pacientes y familiares que cumplan con los requisitos de la Ley Nacional 27.350.
Productores autorizados, con habilitación y sede en la provincia.
Instituciones de la sociedad civil con personería jurídica vigente y trayectoria en investigación y desarrollo.
Laboratorios, universidades y centros de investigación que impulsen el estudio y la innovación en cannabis medicinal e industrial.
La norma habilita a los pacientes registrados a adquirir y transportar cannabis medicinal en todo el territorio provincial, conforme lo determinen las regulaciones nacionales. Asimismo, las instituciones civiles registradas podrán dispensar cannabis bajo control y con obligación de informar cada entrega al sistema provincial de salud digital (SAFESA).
