Sin embargo, por orden de la Municipalidad las obras están paralizadas. En la puerta de ingreso por calle Balcarce 653. Allí se colocó una faja de clausura.
“Clausura preventiva conforme a la ordenanza municipal 16487” cita la faja de clausura de la Municipalidad de Salta. Además, agrega que la clausura se da en los términos del artículo 61 de la ordenanza nombrada.
Según el artículo 61, la paralización de la obra se puede dar en las siguientes circunstancias:
Cuando una obra se encuentre en ejecución sin la documentación técnica aprobada, y se verifique que lo construido no da cumplimiento con la normativa vigente.
Cuando se compruebe en la obra que se está construyendo en contravención a la normativa vigente.
Cuando se compruebe que la obra se está construyendo en forma distinta a lo que surge de la documentación técnica.
Cuando se advierta riesgo a la seguridad, cuente o no con documentación técnica aprobada.
También se agrega que la clausura se mantendrá vigente hasta tanto el responsable de obra regularice la situación que motivó la medida y la Autoridad de Aplicación disponga, mediante acto administrativo fundado, su levantamiento. La misma no podrá exceder el término de ciento o chenta (180) días.
