Se trata de una infracción al Código de Edificación en vigencia de la Ordenanza N° 14.512, artículo 43, por ocupar la calzada sin permiso correspondiente.
Todo profesional que se encuentre ejecutando una obra y requiera ocupar la vía pública para descargar materiales o cargar escombros, debe solicitar el correspondiente permiso.
Desde el municipio aclararon que el contenedor debería estar del lado del frente de la calle, o sobre la vereda con el correspondiente permiso.
Todo permiso de ocupación de vereda se gestiona en la Dirección General de Inspecciones Edilicias de la Subsecretaría de Obras Privadas, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
En tanto, desde el área se lleva adelante un operativo en toda la ciudad, verificando que las obras de viviendas en construcción cumplan con la documentación establecida ajustándose a la normativa vigente.