La feria judicial se iniciará el 1 de enero y culminará el 31 del mismo mes. Durante ese período, se suspenderán los plazos procesales y sólo se atenderán expedientes urgentes.
Los tribunales funcionarán con dotaciones mínimas para garantizar la prestación de servicios esenciales. Además, se adelantó que durante enero sí se realizarán juicios en los casos que requieran medidas urgentes.
También se dará curso a aquellas causas que por su gravedad o características no puedan postergarse.
La extensión de la feria judicial durante todo el mes de enero replica la modalidad que se implementa habitualmente en Salta para las vacaciones de invierno. De esta manera, se busca garantizar el descanso de magistrados, funcionarios y empleados judiciales.
Boletin Oficial:
RESOLUCIÓN N° 22.509
MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE SALTA
VISTAS:
Las Actuaciones N° 632/23 caratuladas: "Período de Feria Judicial Enero 2024"; y
CONSIDERANDO:
Que el Poder Judicial de la Provincia de Salta fijó el período que comprende la Feria Judicial de enero de 2024 y la distribución de quincenas y semanas que integran dicho período.
Que a los fines de facilitar la organización de las dependencias del Ministerio Público corresponde emitir el instrumento legal, adoptando idéntico criterio.
POR ELLO;
EL COLEGIO DE GOBIERNO
RESUELVE:
1. ESTABLECER como período de Feria Judicial, el comprendido entre la cero (00:00) hora del día 1ro. de enero y las veinticuatro (24:00) horas del día 31 de enero de 2024.
2. DEJAR ESTABLECIDO que el período de la feria para las dependencias del Fuero Penal, Fuero Civil, de Personas y Familia, Violencia Familiar y de Género y Cuerpo de Investigaciones Fiscales que estuviesen de turno se desagrega del siguiente modo:
Primera quincena se fija en el período comprendido entre la cero (00:00) hora del día 1ro. de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 15 de enero de 2024;
Segunda quincena comprenderá desde la cero (00:00) hora del día 16 de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 31 de enero de 2024;
a) Primera semana desde la cero (00:00) hora del día 1ro. de enero hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 8 de enero de 2024;
b) Segunda semana desde la cero (00:00) hora del día 9 de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 15 de enero de 2024;
2) Tercera semana desde la cero (00:00) hora del día 16 de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 22 de enero de 2024;
d) Cuarta semana desde la cero (00:00) hora del día 23 de enero y se extenderá hasta las veinticuatro (24:00) horas del día 31 de enero de 2024.
3. DEJAR ESTABLECIDO que el período de la feria para el resto de las dependencias judiciales no comprendidas en el punto que antecede, se desagrega del siguiente modo:
Primera quincena comprende del 02 al 15 de enero de 2024;
Segunda quincena comprende del 16 al 31 de enero de 2024;
a) Primera semana desde el 02 al 08 de enero de 2024;
b) Segunda semana desde el 09 al 15 de enero de 2024;
c) Tercera semana desde el 16 al 22 de enero de 2024;
d) Cuarta semana desde el 23 al 31 de enero de 2024.
4. DISPONER que durante la Feria Judicial el horario matutino será de 9:00 a 13:00 horas, y vespertino de 14:00 a 18:00 y para quienes integren el escalafón de Servicios Generales el horario matutino será de 8:30 a 13:10 y vespertino de 13:30 a 18:10.
5. DISPONER que durante el período de Feria Judicial no rige la tolerancia de diez (10) minutos para el horario de ingreso.
6. REGÍSTRESE, notifíquese, publíquese y archívese.
Pedro Garcia Castiella, PROCURADOR GENERAL DE LA PROVINCIA - PRESIDENTE DEL COLEGIO DE GOBIERNO - Dra. Mirta Lapad, ASESORA GRAL. DE INCAPACES - Dr. Martín Diez Villa, DEFENSOR GENERAL - Dra. Mirna Paola Obeid, SECRETARIA DE DESPACHO