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En Salta no podrá circular nadie por la calle durante la madrugada

El COE dispuso una limitación en la circulación de ciudadanos entre las 00 y las 06 de la mañana. Quedan exceptuados los trabajadores esenciales

En Salta no podrá circular nadie por la calle durante la madrugada

El Comité Operativo de Emergencia emitió la Resolución Nº 46 y en el marco de su artículo 4 del DNU N 677/2.020 resuelve limitar la circulación de personas en todo el territorio de la Provincia, entre las 00:00 y 06:00 horas, exceptuando de dicha restricción a los servicios esenciales de salud y seguridad.

Asimismo el artículo 2 de dicha resolución establece la suspensión de circulación de personas entre municipios a fin de realizar actividades turísticas en el territorio provincial.

En su artículo 3 de la resolución del COE indica que las conductas que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la Emergencia Sanitaria serán pasibles de las previsiones de los artículos 202 y 205 y concordantes del Código Penal y lo establecido en la Ley N 8.191.

Finalmente dispuso que las medidas establecidas regirán hasta el 30 de agosto