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Detectan a otro abogado salteño que usaba la IA para escribir recursos de apelación: había errores graves

Se intimó al letrado a que el uso de la Inteligencia Artificial no sea su única herramienta

Detectan a otro abogado salteño que usaba la IA para escribir recursos de apelación: había errores graves

La jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Joaquín V. González Patricia Rahmer intimó a un abogado a “evitar incurrir en el uso incorrecto y sin control de textos generados con el uso de IA”.

Lo hizo al resolver un recurso de reposición con apelación en subsidio en contra del decreto que declaró desierto el recurso de apelación”.

Según el artículo 508 del Código Procesal Civil y Comercial, doctrina y jurisprudencia, “dentro del proceso sumarísimo la única resolución susceptible de apelación es la sentencia definitiva” por lo que corresponde no conceder el recurso interpuesto en subsidio.

Pero la jueza advirtió que “más allá de algunos importantes errores conceptuales nos encontramos con errores en la normativa mencionada y en el contenido de las mismas”.

“Se detectan una serie de inconsistencias graves que sugieren que el mismo podría haber sido generado con uso de IA o si no fuera el caso sin la debida y rigurosa supervisión y corrección del escrito que se presenta en un proceso judicial. Se detectan referencias normativas, erróneas atribuciones al contenido de los artículos del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia y errores graves”, sostiene la resolución judicial.

La jueza puntualizó que “el uso de IA en la redacción de proyectos de escritos judiciales no se encuentra vedada por ninguna normativa, por el contrario, puede ser una valiosa herramienta para optimizar la gestión pero de ningún modo puede ni debe sustituir la creación intelectual del profesional responsable del escrito y que debe ser usada con un adecuado control jurídico riguroso. Recuérdese que el uso de IA sin control puede generar las llamadas “alucinaciones” y contenidos inexistentes que además de ser perjudiciales para el representado y la administración de justicia, importa un quebrantamiento ético del ejercicio de la profesión por parte del letrado.”