Cristina Fernández de Kirchner fue condenada esta tarde a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por la Causa Vialidad, en la que se la acusó de haber encabezado una asociación ilícita para defraudar al Estado por direccionamientos de contratos de obra pública en Santa Cruz.
El fiscal Diego Luciani había solicitado en agosto 12 años de prisión y una inhabilitación perpetua para asumir cargos públicos. Los presuntos delitos habrían sido realizados por la ex presidenta en sus dos períodos (2007 a 2011 y 2011 a 2015).
La sentencia fue dictada por los jueces del Tribunal Federal Oral 2 (TOF 2), quienes encontraron culpable a la ex presidenta.
La fiscalía apuntó a la expresidenta por 51 licitaciones fraudulentas en los que está involucrado el empresario santacruceño Lázaro Báez, quien fue señalado como el supuesto benefactor de los direccionamientos y quien era cercano a la familia Kirchner.
Por su parte, Báez recibió una condena de 12 años en 2021; sobre él pesan los cargos de lavado de dinero entre 2003 y 2015.
A pesar del fallo ¿Por qué no va a la cárcel?
Porque por más que la sentencia indique que Cristina es culpable de los delitos que se la acusan, la vicepresidenta tiene fueros, los cuales sólo pueden ser levantados mediante un juicio político, previo al acuerdo y votación por parte del Congreso, por mayoría parlamentaria.
Sin embargo, la vicepresidenta, a pesar de tener una condena, todavía podría presentarse a elecciones y ocupar un cargo político. Además, la condena debería quedar firme.
Por eso toman mayor relevancia las palabras de Cristina Kirchner, cuando expresó que en 2023 no será candidata: "El 10 de diciembre de 2023 no voy a tener fueros, no voy a ser vicepresidenta".
En el caso de una condena y un desafuero, Cristina podría cumplirla con prisión domiciliaria, ya que la ley lo permite a partir de los 70 años. La vicepresidenta Cristina Kirchner cumplirá esa edad el 19 de febrero, por lo que, si recibe una sentencia firme, sí tendría la chance de llevar la condena en su domicilio.
Por último, el fallo puede ser apelado ante la Cámara Federal de Casación Penal. Allí, interviene la Sala IV del tribunal, que integran los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Carlos Carbajo. La cámara puede confirmar o revocar la sentencia del Tribunal Oral.