Los sujetos habían sido denunciados por librar cheques electrónicos en tres locales comerciales a sabiendas de que no podrían ser cobrados por falta de fondos.
El procedimiento abreviado fue presidido por el juez Leonardo Feans. Por el Ministerio Público intervino la fiscal Ana Inés Salinas Odorisio (UDEC). Las defensas de los acusados estuvieron a cargo de Luciano Romano, Marina Cayo López, Mario López Escotorín, Pablo Solano y Federico Gutiérrez.
Durante la audiencia, los imputados reconocieron su participación en los delitos denunciados y aceptaron los términos del acuerdo. La fiscalía y las defensas, en tanto, renunciaron a los términos para recurrir el fallo.
Dos de los sujetos resultaron condenados a cinco años de prisión efectiva como autores penalmente responsables de los delitos de asociación ilícita en calidad de jefes u organizadores y estafas (tres hechos), en concurso real. El juez dispuso que cumplan la pena con modalidad de arresto domiciliario, sin perjuicio de lo que pueda determinar en la etapa de ejecución el magistrado competente.
Otros tres sujetos fueron condenados a tres años de prisión en suspenso por los delitos de asociación ilícita en calidad de miembros y estafas. Dos de ellos por dos hechos y, el tercero, por un hecho. El juez les impuso reglas de conducta que deberán cumplir durante tres años, con apercibimiento de revocarse la modalidad condicional de la condena. Tendrán la obligación de fijar domicilio y comunicar cualquier cambio al Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados. Además, deberán abstenerse de acercarse y de comunicarse por cualquier medio con los denunciantes.
Un sexto acusado resultó condenado a la pena de un año de prisión condicional como partícipe necesario de estafa (un hecho). Deberá cumplir las mismas normas de conducta que los coimputados, por el término de un año.
En el marco del acuerdo, la fiscal solicitó el sobreseimiento por retiro de la acusación de un séptimo sujeto.
El juez dispuso la declaración de rebeldía y la inmediata detención de otro imputado que no se presentó en la audiencia a pesar de haber sido notificado, y la declaración de rebeldía de otros dos sujetos. En su caso, se dispuso la separación de las actuaciones pertinentes.
De acuerdo a la investigación realizada por la UDEC, los acusados actuaron en connivencia y con distintos roles. Los hechos ocurrieron entre septiembre de 2022 y abril de 2023. Mediante ardid y aparentando tener solvencia económica, se presentaron en tres empresas y realizaron compras millonarias de diferentes productos (elementos de seguridad industrial, lubricantes, artículos del hogar). Utilizaron como medio de pago cheques electrónicos a sabiendas de que los damnificados no podrían cobrarlos porque las cuentas de origen carecían de fondos.
