Un sujeto de 38 años fue condenado en juicio abreviado a la pena de siete años de prisión efectiva por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal continuado.
El juez Guillermo Pereyra, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, revocó la condicionalidad de una pena impuesta anteriormente al acusado por el Juzgado de Garantías 5, por el delito de exhibiciones obscenas, y unificó ambas condenas en el monto de ocho años de prisión efectiva.
Finalmente, el juez ordenó que, una vez firme la condena, se le realice examen genético al condenado para su inscripción en el banco de datos correspondiente.
El sujeto fue denunciado por abusar sexualmente de una menor de edad que residía en el mismo inquilinato que él. La víctima refirió que, en varias ocasiones y en forma continuada, fue accedida carnalmente por el imputado sin su consentimiento. La menor quedó embarazada y decidió abortar dentro de los plazos estipulados por la ley. A partir de los estudios realizados quedó probada la paternidad del imputado y, de esta forma, la existencia de las relaciones sexuales.
Durante el juicio abreviado, el acusado reconoció la autoría de los hechos y aceptó lo acordado por las parres (el pedido de pena y la unificación indicada por el fiscal).
Los padres de la menor también fueron informados acerca de los alcances del procedimiento abreviado y no formularon objeción.