En un juicio abreviado realizado en el marco de una audiencia flexible y multipropósito del Plan Piloto de Oralidad, un hombre de 21 años fue condenado a seis meses de prisión condicional por resultar responsable de los delitos de amenazas lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género, en concurso real.

La jueza María Gabriela González, vocal de la Sala III del Tribunal de Juicio, le dictó al imputado reglas de conducta que deberá cumplir para conservar la modalidad de la prisión en suspenso. Entre otras obligaciones, deberá abstenerse de acercarse a la damnificada, a su domicilio y a lugares que ella frecuente en un radio de 300 metros; prohibición de contactarse con ella o con su grupo familiar por cualquier medio (personal, vía telefónica, redes sociales, etc.); prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica en contra de la damnificada y su grupo familiar; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; hacer tratamiento psicológico para abordar el control de sus impulsos violentos y presentar constancias trimestralmente para acreditar el cumplimiento de la medida; abstenerse de cometer nuevo delito; terminar sus estudios secundarios, acreditar su inscripción y presentar constancias de alumno regular cada tres meses hasta la obtención del título secundario.

La jueza ordenó finalmente la inscripción del condenado en los Bancos de Datos Genéticos Provincial y Nacional.

Durante el procedimiento abreviado, el imputado aceptó los alcances del acuerdo y reconoció su autoría en relación a los hechos atribuidos por la fiscalía.