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Paro docente en todo el país: ¿puede el Gobierno sancionar a los docentes?

Existe un artículo nuevo dentro del proyecto de Modernización Laboral que establece los pasos a seguir

Paro docente en todo el país: ¿puede el Gobierno sancionar a los docentes?

El Gobierno fiscaliza a través de las agencias territoriales el cumplimiento de la cobertura mínima exigida durante el paro docente convocado por CTERA y elaborará un informe nacional sobre el nivel de actividad.

Capital Humano advirtió que si detecta incumplimientos en la obligación de garantizar el 75% de la prestación habitual del servicio educativo, “se activarán los protocolos para aplicar las sanciones que correspondan” contra las entidades sindicales.

La medida es coordinada por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que depende de Capital Humano. Se prevé que las agencias territoriales recopilen información en las provincias, registren el funcionamiento de los establecimientos y envíen los resultados a la administración central. Esas dependencias responden directamente a la Secretaría de Trabajo y funcionan como enlace territorial con trabajadores, empleadores, sindicatos y autoridades locales.

La base de la fiscalización es la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Cuyo artículo 101 cambió el régimen de conflictos colectivos y declaró servicio esencial al cuidado de menores y a la educación de los niveles inicial, primario, secundario y especial. La norma estableció para esas actividades que la cobertura durante una medida de fuerza no podrá ser inferior al 75% de la prestación normal.

En el Gobierno aclaran que una sanción no sería automática por el nivel de adhesión al paro. Primero deberá constatarse el incumplimiento, determinarse qué obligación concreta no fue respetada, identificar a la entidad responsable y sustanciarse el procedimiento administrativo correspondiente, con posibilidad de defensa y revisión judicial.