Sección: Nacionales

Atención

Ordenan la internación forzosa del "Pity" Álvarez

La decisión fue tomada por la justicia luego de que el músico intentara escapar ayer del hospital Tornú, donde permanecía internado por una crisis hipertensiva.

Ordenan la internación forzosa del "Pity" Álvarez

La Justicia ordenó la internación forzosa del cantante Cristian “Pity” Álvarez por 90 días en medio del jucio en su contra por el asesinato de un vecino.

La medida judicial fue tomada este martes luego de que el músico intentara escapar ayer del hospital Tornú, donde permanecía internado por una crisis hipertensiva.

El Juzgado Civil determinó que el músico deba continuar en el mismo centro de salud hasta que se determine su destino y posible derivación a una institución psiquiátrica.

Además, solicitó que, mientras tanto, el director del establecimiento deberá informar cada 30 días la evolución del paciente, así como cualquier otro dato de interés.

En la orden se especificó que se “deberá tener en cuenta que la internación es considerada un recurso terapéutico de carácter restrictivo y por el tiempo más breve posible, y que toda persona con padecimientos mentales, se encuentre o no internada, goza de los derechos fundamentales y sus extensiones, de modo que superada la causa que dio origen a la medida de protección, deberá proceder a la inmediata externación, sin necesidad de orden judicial”.

La Justicia solicitó que en el caso de que sea necesario extender la internación pasados los 90 días, tendrá que ser comunicado y evaluado por la Justicia.

Al mismo tiempo, solicitó que el hospital Tornú determine las medidas de seguridad correspondientes para evitar que el paciente abandone el tratamiento -como ocurrió ayer- hasta no obtener el alta médica e inclusive se especificó que podrá requerirse la implementación de una consigna policial de ser necesaria.

La Justicia también le pidió a la Clínica Dharma que, en el plazo de 48 horas, manifieste si admitira a Álvarez para que curse allí una eventual internación voluntaria.

En el caso de que el cantante se encuentre en condiciones de ser derivado a una institución especializada en asalud mental y problemática extensa de consumo, también se requirió que SADAIC proceda de forma urgente a otorgar una vacante en alguna prestadora, que podrá ser Dharma u otra.

La medida se tomó en medio del juicio en su contra por el crimen de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido en 2018. Ahora el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) Nº 29 deberá informar qué sucederá con el proceso penal.

El informe de la clínica psiquiátrica

Días atrás, la Clínica Dharma había informado que el paciente había sido evaluado el 23 de septiembre y que en ese momento se determinó riesgo cierto e inminente para sí y/o terceros y se consideró que presenta criterio de internación psiquiátrica.

Además, se aclaró que esa información no se plasmó en el informe debido a que habitualmente se suele esperar a que el paciente cuenta con su alta clínica para realizar dicha indicación y derivación y que todavía le quedaban pendientes varios estudios médicos (cardiología, diabetología, infectología, toxigología, etc.)

“Debido al cuadro de abuso y dependencia de múltiples sustancias psicoactivas, que le condicionan la conducta en forma patológica, generando un cuadro de descompensación psicótica aguda, perdidas de valores preventivos y conductas de riesgo, se evaluó la existencia de criterio de internación psiquiátrica por presentar riesgo cierto inminente para sí y/o terceros”, se completa el informe.