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El Gobierno decidió extender el PROGRESAR hasta los 30 años

El anuncio fue realizado este jueves. Acá te contamos todo

El Gobierno decidió extender el PROGRESAR hasta los 30 años

El Gobierno creó el Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina (PROGRESAR) con el fin de promover oportunidades de permanencia, egreso, reinserción educativa en todos los niveles y en la formación técnico profesional de jóvenes entre dieciséis (16) y treinta años (30) años de edad inclusive residentes en la Argentina, en el marco de lo establecido por la ley 26.206, de Educación Nacional; la ley 26.058, de Formación Técnico Profesional; y la ley 24.521, de Educación Superior.

Progresar: cuáles son los principios rectores de la ley

a) El cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista por la Ley de Educación Nacional, 26.206; la erradicación del analfabetismo, y el impulso de la educación permanente;

b) El fortalecimiento de las trayectorias educativas de los y las jóvenes en el nivel obligatorio, superior y en la formación profesional;

c) El diseño de políticas públicas educativas para la mejora de la calidad de vida y para el progreso humano, social, educativo, ciudadano y laboral de jóvenes y adultos/as;

d) La democratización del acceso a la educación a lo largo de toda la vida.

Progresar: cuáles son los objetivos

a) Acompañar con acciones concretas la terminalidad educativa de estudiantes en todo el territorio nacional en ámbitos de la educación obligatoria y superior, y de reinserción educativa en los casos que corresponda;

b) Fortalecer el sistema nacional de becas y seguridad social destinado a jóvenes de la Argentina;

c) Ampliar las oportunidades de formación técnico profesional y la inserción laboral de los y las jóvenes; y

d) Brindar herramientas que tengan como fin el acceso igualitario a dispositivos tecnológicos y conectividad de titulares del programa.

Progresar: cuáles son los requisitos para entrar al programa

a) Tener entre dieciséis (16) y treinta (30) años de edad, inclusive;

b) Ser argentina/o nativa/o; naturalizada/o o extranjera/o, con residencia legal de dos (2) años y cinco (5) años en el país y contar con documento nacional de identidad;

c) Acreditar la regularidad en una institución educativa o la asistencia a cursos o centros de formación acreditados por el programa y cumplir con las condiciones de matriculación académicas y de asistencia a una institución educativa que establezca oportunamente el Ministerio de Educación;

d) Los ingresos de la/el joven y de su grupo familiar no deberán ser superiores a tres (3) Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), no se considerarán como ingreso familiar las pensiones no contributivas por discapacidad; y

e) Realizar un control anual de salud.

Progresar: qué derechos deberán tener garantizados los estudiantes

a) Percibir una transferencia monetaria en los plazos estipulados por el Ministerio de Educación de la Nación;

b) Ser titular de una tarjeta de débito sin costo donde se acredite la transferencia monetaria; y

c) Postularse a becas internacionales y programas del Estado a partir del establecimiento de cupos progresar en sus reglamentaciones.

Artículo 11.- Intransferibilidad. La beca Progresar en todas sus líneas es de carácter personal e intransferible de la/el estudiante.

Artículo 12.- Compatibilidades. El Progresar es compatible con la percepción de:

a) Asignación universal por hijo (AUH);

b) Asignación universal por embarazo;

c) Tarjeta Alimentar;

d) Programas sociales;

e) Becas de carácter académico, de investigación, extensión y formación; y

f) Pensiones no contributivas por discapacidad.