El Gobierno reglamentó la Ley 27.678 de Cuidados Paliativos que asegura el acceso de los pacientes con enfermedades degenerativas a las prestaciones integrales sobre cuidados paliativos en el ámbito público, privado y de la seguridad social. Además, contempla el acompañamiento a sus familias.
La reglamentación se dispuso mediante el decreto 311/2023 publicado este jueves en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
La Ley Nacional de Cuidados Paliativos fue sancionada el 5 de julio del año pasado por el Congreso Nacional y promulgada el 21 de ese mes por el Poder Ejecutivo. Con la reglamentación se busca sistematizar las definiciones de la ley, requisitos, responsabilidades y precisiones, a los efectos de avanzar en su progresiva implementación.
El decreto establece que el sistema público de salud, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga y todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales deben brindar cobertura en cuidados paliativos a las personas que lo necesiten y propiciar el acceso a medicamentos esenciales.
En el artículo 2 se indica que el Ministerio de Salud será la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.678 y de la reglamentación y quedará facultado para dictar las normas complementarias para su efectiva implementación. Además, tendrá la función de impulsar el desarrollo de dispositivos de cuidados paliativos para pacientes y familiares durante el tiempo que resulte necesario, incluyendo el duelo en caso de fallecimiento.
Además, se establece la conformación de equipos de trabajo interdisciplinario y multidisciplinario para el área de cuidados paliativos en todos los subsectores de salud.
Fuente: C5N