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Congreso

Diputados aprobó la eximición del impuesto a las Ganancias para el personal de salud

El proyecto busca eximir del pago del impuesto al personal de salud que efectúa una guardia adicional a las cuatro que realizan en el mes. Ahora será tratado en Senadores.

Diputados aprobó la eximición del impuesto a las Ganancias para el personal de salud

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y giró al Senado un proyecto de ley para eximir del pago del impuesto a las Ganancias al personal de salud que efectúa una guardia adicional a las cuatro que realizan en el mes, para evitar así que tengan descuentos por la aplicación de este tributo.

Los trabajadores de salud realizan cuatro guardias por mes pero cuando deben hacer una quinta tienen que pagar Ganancias, por lo cual muchos de ellos evitan realizarla.

El plenario legislativo aprobó por 223 votos la iniciativa al contar con el respaldo del Frente de Todos (FdT), Juntos por el Cambio (JxC), Interbloques Provincias Unidas y Federal, Movimiento Popular Neuquino, Ser, el Frente de Izquierda, y Avanza la Libertad.

Se trata del primer punto del extenso temario que se tratará en la sesión especial de la Cámara de Diputados, que tras concluir con el debate de Ganancias del personal de salud comenzó a analizar el proyecto de creación del Registro de Deudores Alimentarios.

El autor de la iniciativa, Daniel Gollan (FDT), señaló que "el sistema sanitario está atravesando una situación compleja" y manifestó que "ha quedado en manos de la lógica del mercado y la fuerza laboral debe tener respuestas estructurales".

Asimismo, celebró el consenso alcanzando entre los bloques para aprobar la iniciativa y alertó que en el sistema de salud "invertimos en un solo actor un 45 por ciento de los recursos", con lo cual "no quedan recursos para equipamientos".

Gollan advirtió que "no están entrando interesados en cubrir ciertas especialidades críticas, no solamente terapia intensiva, neonatología, sino guardias de pediatrías" y alertó que "no hay pediatras para cubrir guardias".

El dictamen reforma la ley del impuesto a las Ganancias para eximir de este tributo a las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud.

Señala que ese beneficio abarca a la prestación del servicio que se realiza en centros de salud públicos o privados ubicados en zonas sanitarias desfavorables así declaradas por la autoridad sanitaria nacional.

También dispone que el "beneficio de este apartado debe indicarse, en el recibo de haberes correspondiente al sujeto que tenga a su cargo el pago de la remuneración y/o la liquidación del haber, identificándolo con la leyenda 'Exención segundo párrafo del artículo 27 de la Ley de Impuesto a las Ganancias para las trabajadoras y trabajadores de la salud'".